
España permite contratar en origen a ciudadanos peruanos sin tener en cuenta la situación nacional de empleo. En la práctica, la empresa española no necesita demostrar que la vacante no puede cubrirse con personas ya incorporadas al mercado laboral interno.
Esta ventaja no equivale a un visado automático ni permite viajar a España para empezar a trabajar sin autorización. Primero debe existir una oferta real y un contrato firmado; después, el empleador solicita en España la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Cuando se concede, el trabajador pide el visado en el Consulado de España correspondiente a su residencia.
La expresión “convenio bilateral de trabajo España-Perú” se utiliza habitualmente para referirse al trato reconocido a los nacionales peruanos por los acuerdos internacionales suscritos entre ambos países. Su efecto relevante en extranjería es que, para su contratación por cuenta ajena, no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo.
La situación nacional de empleo es el criterio que, con carácter general, limita la contratación en origen de personas extranjeras no residentes. Normalmente, la empresa debe acreditar que la ocupación está incluida en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura o que no ha podido cubrir la vacante con candidatos disponibles en España.
En el caso de un ciudadano peruano, la hoja informativa oficial del Ministerio de Inclusión incluye expresamente a Perú —junto con Chile— entre los Estados cuyos nacionales pueden ser contratados sin superar esa comprobación.
Importante: la exención elimina una barrera concreta, pero no sustituye el resto del procedimiento. La empresa, el contrato y el trabajador deben cumplir todos los requisitos exigidos por la normativa española.
La principal ventaja es que una empresa española puede contratar a una persona peruana que reside en Perú sin depender del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura y sin tener que demostrar previamente que no encontró candidatos adecuados en el mercado laboral interno.
Esto puede ampliar las oportunidades de contratación y simplificar la justificación del expediente. Sin embargo, no garantiza que la autorización vaya a ser aprobada: Extranjería revisará la solvencia del empleador, las condiciones del contrato, la cualificación del trabajador y los demás requisitos legales.
Tampoco se trata de una subvención, una bonificación para la empresa ni un permiso para viajar como turista y empezar a trabajar. La contratación debe seguir la vía legal correspondiente.
La ventaja no está limitada, por sí misma, a una lista cerrada de sectores. La fuente oficial señala a los nacionales de Perú como supuesto en el que la situación nacional de empleo permite la contratación.
Aun así, el puesto y el contrato deben ser reales y ajustarse a la normativa. Si la profesión está regulada, el trabajador debe contar con la titulación, homologación o habilitación exigida. Además, la modalidad contractual, la jornada y el salario deben cumplir la legislación y el convenio colectivo aplicable.
Por tanto, es más exacto decir que la nacionalidad peruana evita la prueba del mercado laboral, no que cualquier oferta vaya a ser autorizada automáticamente.
La persona interesada puede buscar empleo desde Perú y participar en procesos de selección de empresas españolas. La ventaja jurídica facilita la contratación, pero no crea una bolsa de empleo ni obliga a ninguna empresa a contratar.
Antes de entregar documentos, conviene verificar la identidad de la empresa, su dominio web, sus datos registrales y la identidad de la persona que realiza la oferta. Nunca debe pagarse por “comprar” un contrato.
La empresa y el trabajador firman el contrato, cuya eficacia queda condicionada a la concesión de la autorización de residencia y trabajo.
El empleador —no el trabajador desde Perú— presenta la solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. La presentación puede realizarse telemáticamente a través de Mercurio.
El plazo oficial de resolución es de tres meses desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente. Si transcurre ese plazo sin notificación, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.
Una vez concedida la autorización, el trabajador dispone de un mes desde la notificación al empleador para solicitar personalmente el visado ante la oficina consular española correspondiente a su residencia.
Entre la documentación indicada por el Ministerio se encuentran el pasaporte con vigencia mínima de un año, el certificado de antecedentes penales, el certificado médico y el justificante de pago de la tasa de visado. El Consulado puede exigir documentación o instrucciones adicionales, por lo que debe revisarse su información actualizada antes de acudir.
Concedido y recogido el visado, el trabajador debe entrar en España durante su vigencia. La afiliación y el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social deben producirse dentro de los tres meses siguientes a la entrada.
Después del alta en la Seguridad Social, el trabajador debe solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes.
La lista exacta puede variar según el expediente y debe verificarse en la hoja oficial de la autorización y en el Consulado General de España en Lima.
Sí puedes participar en procesos de selección y ser contratado desde Perú. La ventaja es que la empresa no tiene que superar la situación nacional de empleo por tu nacionalidad peruana. Aun así, necesitas una oferta real, un contrato y la autorización y el visado correspondientes.
No por el hecho de ser nacional peruano. La hoja oficial reconoce a Perú entre los países con acuerdo internacional para los que la situación nacional de empleo permite la contratación. El puesto sí debe cumplir las demás exigencias laborales y profesionales.
No. Extranjería puede denegar la solicitud si el contrato, la solvencia de la empresa, la cualificación profesional o cualquier otro requisito no cumple la normativa.
No. Una estancia de turismo no autoriza a trabajar. Para una contratación en origen deben seguirse la autorización y el visado antes de iniciar la actividad laboral.
La exención de la situación nacional de empleo por nacionalidad peruana no aparece limitada en la hoja informativa oficial a sectores concretos. No obstante, cada puesto debe cumplir su normativa, requisitos profesionales y condiciones laborales.
Antes de viajar, puede ayudarte revisar los cambios en la ley de extranjería en España, la guía para vivir en España siendo migrante, la diferencia entre NIE y TIE y las ayudas para inmigrantes en España. También puedes consultar la guía de consulados peruanos en Europa para localizar servicios y contactos oficiales.
Los nacionales peruanos cuentan con una ventaja real para ser contratados por empresas españolas desde Perú: no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo. Esto evita que la empresa tenga que justificar que la vacante no puede cubrirse con candidatos disponibles en España.
La ventaja, sin embargo, no elimina el contrato, la autorización de residencia y trabajo, el visado ni los controles sobre la empresa y el trabajador. La forma más segura de aprovecharla es conseguir una oferta legítima, verificar los requisitos oficiales vigentes y respetar cada fase y plazo del procedimiento.
Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico ni la revisión de la normativa aplicable al caso concreto.







